2. Criterios pedagógicos para la asignación de enseñanzas y tutorías
El CEIP San Fernando, en el ejercicio de su autonomía pedagógica, organizativa y de gestión como colegio de Educación Infantil y Primaria, y con el objeto de promover estrategias eficaces y eficientes para la mejora del éxito escolar del alumnado y en la búsqueda de la excelencia, entendida como calidad desde la equidad, establece los siguientes criterios:
ASIGNACIÓN DE ENSEÑANZAS
Para la asignación de enseñanzas se atenderá en primer lugar al puesto de trabajo que ocupa cada maestro o maestra en el centro de acuerdo con la adjudicación de destinos realizada por la CEJA.
No obstante, en función de las necesidades organizativas del centro, se podrá tener en cuenta las habilitaciones que tenga cada maestra o maestro con destino en el centro, contando siempre que sea posible, con la voluntad positiva a las enseñanzas del maestro o maestra implicados.
ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS
Cada unidad tendrá un tutor o tutora nombrado/a por la Dirección del Centro, a propuesta de la jefatura de estudios, de entre el profesorado que imparta docencia en el mismo.
El nombramiento del profesorado que ejerza la tutoría se efectuará para un año académico.
En el caso del alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en un grupo ordinario, la tutoría sería ejercida de manera compartida entre el maestro o maestra que ejerza la tutoría del grupo donde esté integrado y el profesorado especialista.
1. Continuidad en ciclo. Aquellos maestros o maestras que durante un curso escolar hayan tenido asignado el primer curso de cualquier ciclo de la educación Primaria o del segundo ciclo de la educación Infantil permanecerán en el mismo ciclo hasta su finalización por parte del grupo de alumnos y alumnas con que lo inició, siempre que continúen prestando servicio en el centro. Excepcionalmente, y cuando existan razones suficientes que sean valoradas como negativas para la mejora del éxito escolar del alumnado de un grupo, este criterio no será tenido en cuenta.
2. Concentración y estabilidad. Se debe procurar que el menor número de profesores imparta clase a un grupo de alumnos. Por tanto, la disponibilidad de un mayor número de horas con el alumnado por parte del maestro/a será determinante para asignar la tutoría a un grupo. Se considera importante que entre el mínimo profesorado posible para influir de forma positiva en los hábitos y la conducta del alumnado.
3. Profesorado especialista. Se debe intentar que el profesorado especialista de Educación Primaria (Educación Física, Inglés, Música), si deben asumir una tutoría y salir un número elevado de horas, se le asigne una tutoría en el tercer o segundo ciclo de educación Primaria. En todo caso se debe procurar que el profesorado especialista que asuma tutorías salga el menor tiempo posible de ellas cuanto menor sea el alumnado.
4. Idoneidad y características del grupo. Para la designación de tutor o tutora de un determinado grupo se tendrán en cuenta las particularidades colectivas e individuales del mismo habiendo recogido las opiniones del profesorado interesado y atendiendo estos criterios pedagógicos y/u organizativos. La antigüedad en el centro de las/os maestras/os no será motivo de asignación de un determinado grupo.
5. Se procurará en la medida de lo posible la estabilidad de un tutor con un mismo grupo de alumnos/as más allá del ciclo. Esta opción será factible siempre que el tutor lo solicite y las calificaciones del alumnado del grupo y el clima generado con las familias del mismo indiquen que esta opción sería pedagógicamente favorable al Centro.
6. Para impartir docencia en el tercer ciclo de Ed. Primaria será tenida en cuenta la capacidad del profesorado en la utilización de los recursos informáticos y de la Red (Plan Escuela TIC 2.0), así como su intención de aplicar esos conocimientos concretándolos en la programación de aula.
(*Aprobado por el Claustro de Profesorado en el ejercicio de su competencia, Sep / 2018)