3. Composición, plan de reuniones y plan de actuación de la Comisión de Convivencia
El decreto 328/2010, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros (R.O.C.), establece en su artículo 64 la composición de esta Comisión. En nuestro centro, ante la ausencia de representantes por parte del alumnado en el Consejo Escolar, su composición es la siguiente:
- El director o directora, que ejercerá la presidencia.
- El jefe o jefa de estudios.
- Dos maestros o maestras.
- Dos padres o madres de alumnos o alumnas. (Uno de ellos/as será el representante de la Asociación de Madres y Padres del centro, en el caso de que en el Consejo Escolar hubiera un miembro designado por la A.M.P.A. con mayo número de personas asociadas).
Todos/as ellos/as, elegidos por los representantes de cada uno de los sectores en el Consejo Escolar.
Este mismo artículo, en su punto 4, y el artículo 6 de la mencionada orden de 20 de junio de 2011, establecen que las funciones de la Comisión de Convivencia serán:
- Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos.
- Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro.
- Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.
- Mediar en los conflictos planteados.
- Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas.
- Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.
- Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
- Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el centro.
- Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el centro.
Plan de reuniones y actuaciones:
En cumplimiento de la normativa vigente la Comisión de Convivencia de este centro se reunirá de manera preceptiva:
- Mes de NOVIEMBRE: Reunión trimestral ordinaria.
- Mes de MARZO/ABRIL: Idem. anterior correspondiente al 2º trimestre.
- Mes de JUNIO: Idem. anterior correspondiente al 3º trimestre, y
- Reuniones extraordinarias en caso necesario.
De manera extraordinaria, esta Comisión se reunirá siempre que lo considere necesario el Equipo Directivo para conocer, analizar, valorar y proponer medidas relacionadas con cualquier situación o circunstancia relativa a la Convivencia en el centro.