f. Medidas para la limitación de contactos
a) Con carácter general, se procurará una distancia máxima posible de seguridad, recomendable de al menos 1,5 metros, en las interacciones entre personas en el centro educativo.
b) De forma general, se mantendrá una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros por parte del alumnado cuando se desplacen por el centro educativo o estén fuera del aula.
c) No obstante, dentro de los Grupos de Convivencia Estable (GCE) no sería necesario guardar la distancia interpersonal de manera estricta, por lo que sus miembros pueden socializar y jugar entre sí, interaccionando con mayor normalidad. Se recomienda minimizar el número de personas adultas que interaccionan con cada grupo, siendo la figura fundamental el tutor o tutora.
d) Se utilizarán fundamentalmente las aulas de referencia (gran grupo y pequeño grupo) donde se desarrollarán, siempre que sea posible y las características de las materias y asignaturas así lo permitan, toda su actividad lectiva, siendo los docentes, quienes se desplacen por el centro.
e) Se evitará que el alumnado comparta objetos o material escolar.
f) Cada alumno, tendrá asignado un pupitre o puesto (en caso de infantil), y no podrá cambiar de puesto, excepto en caso totalmente justificado.
g) Se establecerán normas para evitar aglomeraciones, tanto en entradas y salidas como en los desplazamientos y en el uso de los diferentes espacios. Estas normas forman parte de otros apartados de este documento.
h) En el caso de programar actividades que aumentan la emisión de aerosoles como gritar o cantar se recomienda realizarlas en el exterior, siempre que las condiciones y recursos disponibles lo permitan, y si este no fuera el caso, garantizar en su defecto, una adecuada ventilación, mantener la distancia y el uso adecuado de la mascarilla. Dado que la realización de ejercicio físico también aumenta la emisión de aerosoles, se debe promover la realización de las clases de educación física en espacios exteriores. En el caso de que se realicen en interiores es de especial importancia el uso adecuado de la mascarilla, aumentar la distancia e intensificar la ventilación.
i) Los eventos deportivos dentro de los centros seguirán las normas establecidas para la actividad deportiva e instalaciones deportivas establecidas en la normativa autonómica de medidas preventivas ante la Covid-19, no obstante no podrán tener público.
j) Se deberán de establecer las normas de aforo, acomodación y uso de los espacios comunes tales como bibliotecas, salón de actos, salas de profesores, etc.
k) En el caso de actividades extraescolares fuera del centro, se deberán tener en cuenta las normas relativas al establecimiento o recinto destinatario de la actividad (museos, monumentos etc.) así como las de transporte cuando sea necesario, limitando el contacto entre los diferentes grupos-clase, lo cual será obligatorio en el caso de grupos de convivencia estable.
l) Para el recreo se optimizarán los espacios abiertos existentes en el centro. Se organizarán de forma escalonada y se sectorizará el espacio existente, limitando el contacto entre los diferentes grupos-clase.
m) Normas para el uso de las fuentes de agua: se deberán eliminar los sistemas manuales en el uso de las fuentes, recomendando que el alumnado acuda al centro con botella u otro dispositivo similar con agua potable, perfectamente identificado.
n) Las familias o tutores sólo podrán entrar al edificio escolar en caso de necesidad o indicación del profesorado o del equipo directivo, cumpliendo siempre las medidas de prevención e higiene.
ñ) Se habilitará un sistema de cita previa para atender trámites administrativos (correo electrónico: secretaria@colesanfernando.es).